TEMA 60 – RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO III

En el Tema 60 del programa dedicado a la tercera parte del recurso contencioso-administrativo vamos a estudiar el siguiente contenido:

  • Recurso contencioso-administrativo: Demanda y contestación. La demanda y la contestación, reguladas por la LJCA, constituyen las piezas fundamentales que inician y dan forma a los procesos judiciales entre los ciudadanos y la Administración Pública. La demanda es el instrumento mediante el cual los ciudadanos expresan sus reclamaciones y pretensiones ante los tribunales contencioso-administrativos. Este documento detalla de manera clara y precisa los hechos, fundamentos jurídicos y peticiones específicas que dan lugar al conflicto con la Administración. La presentación de una demanda adecuadamente fundamentada es esencial para el desarrollo efectivo del proceso. Por otro lado, la contestación es la respuesta formal de la Administración a la demanda presentada en su contra. En este documento, se exponen las razones y argumentos que justifican la posición de la Administración frente a las alegaciones del demandante. La contestación desempeña un papel crucial en la defensa de los intereses públicos y en la configuración del proceso judicial subsiguiente.
  • Alegaciones previas. Las alegaciones previas constituyen un trámite establecido con el propósito de permitir al demandado exponer cualquier fundamento que pudiera obstaculizar la admisión del recurso interpuesto por la parte contraria.
  • Prueba. La prueba en el recurso contencioso-administrativo se refiere al conjunto de actuaciones y medios destinados a acreditar los hechos y fundamentos que respaldan las pretensiones de las partes en dicho procedimiento. Esta fase procesal tiene como finalidad principal dotar al órgano jurisdiccional de los elementos necesarios para tomar una decisión fundamentada y justa en el litigio entre la Administración y los ciudadanos.
  • Vista y conclusiones. En esta fase procesal las partes involucradas en el litigio tienen la oportunidad de exponer oralmente sus argumentos, pruebas y alegaciones ante el tribunal, con el propósito de sustentar sus pretensiones y rebatir las argumentaciones contrarias. La vista y conclusiones representan un componente esencial del principio de oralidad en el procedimiento contencioso-administrativo, permitiendo un debate directo entre las partes y el órgano jurisdiccional, contribuyendo así a la formación de una resolución judicial fundamentada y justa.
  • Sentencias. La sentencia en el recurso contencioso-administrativo es el acto jurídico emanado del tribunal que resuelve la controversia planteada por el recurrente. Esta resolución judicial se caracteriza por ser la culminación del proceso y contiene el pronunciamiento definitivo sobre la legalidad o ilegalidad del acto administrativo impugnado.
  • Otros medios de terminación del procedimiento. Dentro del ámbito del recurso contencioso-administrativo, existen diversos medios de terminación del procedimiento que permiten poner fin al litigio de manera anticipada y sin llegar a una sentencia. Estos medios incluyen la desistimiento, la renuncia, la satisfacción extraprocesal y la transacción. El desistimiento se refiere a la manifestación de la parte recurrente de su voluntad de poner fin al proceso y retirar su recurso. La renuncia es un acto en el que la parte recurrente renuncia expresamente a sus derechos en el litigio. La satisfacción extraprocesal ocurre cuando la administración pública accede a las demandas del recurrente antes de la sentencia. La transacción implica un acuerdo entre las partes que pone fin al litigio mediante concesiones mutuas. Estos medios de terminación del procedimiento son instrumentos legales que permiten una resolución anticipada de las controversias en el ámbito del recurso contencioso-administrativo, siempre que se cumplan los requisitos y formalidades establecidos por la ley.

PDF DEL TEMA 60 PARA DESCARGAR Y TEST

A continuación tienes a tu disposición el Tema 60 para descargarlo en PDF y dos cuestionarios tipo test de 20 preguntas.

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